Acceso al trámite de Solicitud
El presente trámite tan solo puede ser realizado de forma electrónica.
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El objeto de la presente convocatoria es apoyar el funcionamiento de las Asociaciones Empresariales mediante la financiación de gastos de la contratación de personal o la prestación de servicios de una empresa especializada que lleven a cabo funciones relacionadas con gerencia de la Asociación, así como aquellas otras relacionadas con el estudio, análisis y dinamización de la Zona Comercial Abierta o Parque Empresarial.

Podrán ser beneficiarias de subvención, en los términos establecidos en el artículo 11.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las siguientes entidades:

  • 1. Las Asociaciones Empresariales de Zonas Comerciales Abiertas de Gran Canaria.
  • 2. Las Asociaciones Empresariales de Parques Empresariales de Gran Canaria.
Estas entidades, para ser beneficiarias, deberán cumplir con todos los requisitos señalados a continuación:
  • 1. Estar legalmente constituida y tener su domicilio social en la isla de Gran Canaria a la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
  • 2. Tener entre sus fines la promoción, representación, desarrollo, gestión y/o defensa de los intereses empresariales en el ámbito de la isla de Gran Canaria.
  • 3. Haber depositado los estatutos en el registro correspondiente del Gobierno de Canarias con una antigüedad mínima de un año. Para dicho cómputo se tendrá en cuenta la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes a esta convocatoria.

No podrán ser beneficiarias de subvención las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La presente convocatoria de subvenciones tiene, entre otros, los siguientes objetivos:

  • • Reforzar las estructuras asociativas empresariales y el trabajo colectivo en las Zonas Comerciales Abiertas y Parques Empresariales.
  • • Favorecer la participación de las Asociaciones Empresariales en las Zonas Comerciales Abiertas y Parques Empresariales.
  • • Facilitar la gestión y funcionamiento de las Asociaciones Empresariales mediante la contratación de un gerente/dinamizador.
  • • Promover un mayor protagonismo de las Asociaciones en las Zonas Comerciales Abiertas y Parques Empresariales.
  • • Incentivar la colaboración empresarial como estrategia para una mejor gestión empresarial.

Documentación a presentar convocatoria 2026 (pdf con las bases de la convocatoria):

Anexos:
  1. Anexo I. Solicitud de subvención. [DESCARGAR]
  2. Anexo II. Proyecto de fomento del asociacionismo empresarial.[DESCARGAR]
  3. Anexo III. Certificado del acuerdo adoptado por el órgano competente para solicitar subvención, y del ámbito de actuación de la entidad solicitante.[DESCARGAR]
  4. Anexo IV. Declaración responsable firmada digitalmente por el/la representante legal de la asociación.[DESCARGAR]
  5. Anexo V. (sólo asociaciones). Certificado del Secretario/a de la asociación, con el Visto Bueno del/la Presidente/a, en el que conste la relación de empresas asociadas.[DESCARGAR]
  6. Anexo VI. Certificado emitido por el/la Secretario/a de la Asociación, en el que se recoge la relación de empresas vinculadas a cada uno de los miembros de la Junta Directiva.[DESCARGAR]
  7. Anexo VII. Declaración jurada de otras ayudas solicitadas o percibidas.[DESCARGAR]
  8. Anexo VIII. Número de establecimientos de cada Zona Comercial Abierta, según el Plan Director Insular de Zonas Comerciales Abiertas de Gran Canaria.[DESCARGAR]
  9. Anexo IX. Imagen del Cabildo de Gran Canaria y de Gran Canaria Me Gusta.[DESCARGAR]
  10. Anexo X. Aceptación de la subvención.[DESCARGAR]
  11. Anexo XI. Memoria técnica justificativa del proyecto.[DESCARGAR]
  12. Anexo XII. Memoria económica. Relación clasificada de gastos. [DESCARGAR]

Otra documentación:

  1. Fotocopia del Documento de Identificación Fiscal de la asociación solicitante
  2. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del/la Presidente/a de la asociación solicitante.
  3. Fotocopia de los Estatutos actualizados de la asociación.
  4. Certificado del órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias acreditativo de que la Asociación ha depositado sus estatutos, con una antigüedad mínima de un año, en el registro correspondiente del Gobierno de Canarias.
  5. Certificado sellado y firmado por el/la Secretario/a de la Asociación, relativo a la vigencia de poderes de su Presidente/a.
  6. Certificados acreditativos de estar al corriente con la hacienda estatal, la hacienda autonómica y con la seguridad social.
  7. En su caso, documentación acreditativa de la cofinanciación del proyecto.
  8. Fotocopia del acta por el que se nombra a los miembros de la actual junta directiva de la asociación.
  9. Certificado de titularidad de la cuenta bancaria donde se realizará el ingreso de la subvención.

En el caso de que en el momento de presentar la solicitud de subvención ya se tenga contratada a la persona, deberá presentarse el contrato de trabajo. En el caso de prestación de servicios deberá presentarse, en su caso, factura proforma y/o presupuesto.

EEn el supuesto de solicitar subvención para recibir servicios de una empresa de servicios, y el presupuesto de dicha prestación de servicios sea igual o superior a 15.000 euros, deberán presentarse los tres presupuestos de diferentes proveedores que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio. La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

No será necesario presentar los tres presupuestos si el inicio de la prestación de servicios es anterior a la publicación de la resolución definitiva de la presente convocatoria.

En el supuesto de prestación de los servicios de una persona autónoma o empresa de servicios, deberá presentarse documento oficial donde se recoja/n el/los epígrafe/s de actividad en el/los que está dada de alta la persona autónoma o empresa de servicios, o bien escrituras de la empresa, en las que se recoja el objeto social de la misma. No obstante, si ello no fuera posible en el momento de presentar la solicitud de subvención, dicha documentación deberá presentarse, en cualquier caso, con carácter previo al inicio de la prestación de servicios.

En el supuesto de contratar una persona por primera vez, deberá presentarse currículum vitae de la misma. No obstante, si ello no fuera posible en el momento de presentar la solicitud de subvención, dicha documentación deberá presentarse, en cualquier caso, con carácter previo a la firma del contrato.

Deberá presentarse fotocopia del título académico de la persona a contratar. No obstante, si ello no fuera posible en el momento de presentar la solicitud de subvención, dicha documentación deberá presentarse, en cualquier caso, con carácter previo a la firma del contrato. A este respecto, debe tenerse en cuenta que dicha persona debe cumplir con lo señalado en el artículo 5 de esta convocatoria.

Podrán ser beneficiarias de subvención, en los términos establecidos en el artículo 11.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las siguientes entidades:

  • 1 Las Asociaciones Empresariales de Zonas Comerciales Abiertas de Gran Canaria.
  • 2 Las Asociaciones Empresariales de Parques Empresariales de Gran Canaria.

Estas entidades, para ser beneficiarias, deberán cumplir con todos los requisitos señalados a continuación:

  • 1. Estar legalmente constituida y tener su domicilio social en la isla de Gran Canaria a la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
  • 2. Tener entre sus fines la promoción, representación, desarrollo, gestión y/o defensa de los intereses empresariales en el ámbito de la isla de Gran Canaria.
  • 3. Haber depositado los estatutos en el registro correspondiente del Gobierno de Canarias con una antigüedad mínima de un año. Para dicho cómputo se tendrá en cuenta la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes a esta convocatoria.

No podrán ser beneficiarias de subvención las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.