El importe total de esta Convocatoria asciende a un total de 455.458,35 euros. Dicho crédito puede verse incrementado con una cuantía adicional en los supuestos contemplados en el art.58 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, cuya aplicación a éstas subvenciones no precisará de nueva convocatoria, siempre que la disponibilidad se produzca en un momento anterior a la resolución de concesión de las mismas.
La presente convocatoria de subvenciones tiene lo5 Siguientes objetivos:
- Revitalizar el tejido empresarial de las zonas comerciales abiertas y parques empresariales, a través de la realización de acciones de dinamización que lleven a cabo las asociaciones empresariales.Las solicitudes se presentarán en el modelo establecido como Anexo I (solicitud de subvención) de esta convocatoria, el cual estará disponible en la sede electrónica de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria https://sede.camaragrancanaria.org/
A dicho Anexo I, que deberá estar firmado electrónicamente por el/la representante legal de la asociación empresarial, se acompañará la siguiente documentación:
A efectos de la presente convocatoria, se entenderá que los límites de cada zona comercial abierta son los que se establecen en el Plan Director lnsular de Zonas Comerciales Abiertas de Gran Canaria.
En el caso de que la empresa pertenezca a la zona comercial abierta o parque empresarial objeto de actuación, a efectos de cumplimentar el Anexo V se deberá proceder del siguiente modo:
A.- El nombre de la empresa deberá coincidir con el nombre que se indica en el fichero excel del censo de empresas existentes en el año 2020 en la zona comercial abierta o parque empresarial, realizado en el marco de la convocatoria de subvenciones para los años 2020 y 2021.
B.- En la columna “Pertenece a la zona comercial abierta o parque empresarial objeto del proyecto” se deberá indicar eÍ número que tiene la empresa en dicho fichero excel del censo de empresas.
La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria y/o el Servicio de Industria y Comercio del Cabildo de Gran Canaria podrán requerir a la asociación para que aporte cualquier documentación que acredite el número de empresas asociadas (libro de registro de socios, etc), así como su ubicación en la zona comercial abierta o parque empresarial.
Si alguna asociación presenta proyecto para más de una zona comercial abierta, deberá indicar, en la columna “Pertenece a la zona comercial abierta o parque empresarial objeto del proyecto” del Anexo V, a qué zona comercial abierta pertenece, en su caso, cada empresa asociada.
Podrán ser beneficiarias de subvención, en los términos establecidos en el artículo 11.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la5 Siguientes entidades: